
Viajar es una de las actividades, cada vez más demandada por los consumidores. Estos servicios se pueden reservar de forma separada (transporte, alojamiento, eventos) o bien de forma conjunta mediante viajes combinados y viajes vinculados.
En el caso de un viaje combinado, la agencia debe facilitar al viajero la información detallada de la oferta, siendo la publicidad de los folletos vinculante
El contrato debe formalizarse por escrito y se facilitará un copia al usuario adjuntando toda la documentación necesaria (bonos, billetes, títulos…) así como una copia de la factura con el precio total abonado.
Las posibles modificaciones en las condiciones deberán ser también notificadas. Sólo puede aplicarse hasta 20 días antes del inicio del viaje y la subida en el precio no podrá ser más de un 8%, en caso contrario el usuario podrá aceparlo o en caso de no hacerlo, podrá rescindir el contrato sin penalización alguna, la agencia estará obligada a devolver las cantidades pagadas en un plazo máximo de 14 días naturales.
En el caso de viajes vinculados, al incluir diferentes tipos se servicios adquiridos con distintos prestatarios van a existir distintos contratos, efectuándose en pago de cada servicio por separado. Los minoristas deberán facilitar la viajero las distintas contrataciones mediante las reservas conectadas.
Las agencias de viaje deben disponer de hojas de reclamaciones a disposición del consumidor que la solicite.
Tras rellenarla, debe presentar una copia ante la Dirección General de Turismo.
También puede acudir a la OMIC, donde se efectuará la mediación correspondiente para intentar llegar a una acuerdo satisfactorio.
DG de Turismo, Comercio y Artesanía
Dirección Postal:
Avenida de Irlanda, 14 · 45071 Toledo, España
Teléfono: 925 267 996
Fax: 925 267 874
Correo electrónico: dgturismo-artesania@jccm.es
Los consumidores cuentan con una serie de derechos y seguridades, a la hora de utilizar el transporte aéreo en sus viajes.
También puede acudir a la OMIC, donde se efectuará la mediación correspondiente para intentar llegar a una acuerdo satisfactorio.
Ante una incidencia con su vuelo, ha de dirigirse a la compañía aérea que corresponda, y, si no responde o no lo hace conforme a lo esperado, puede reclamar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
AESA
Paseo de la Castellana 112.
28046 Madrid, España.
Los usuarios del ferrocarril tiene derecho a usar y recibir el servicio con la máxima calidad y seguridad establecida.
Deben ser informados de horarios y tarifas, así como ser indemnizados cuando se incumplan los contratos.
Por su parte los usuarios tienen la obligación de pagar el billete. atender las indicaciones de los agentes y respetar las instalaciones.
Durante todo el trayecto, el usuario debe tener disponible el billete adquirido.
El sector ferroviario, se liberalizo en el año 2020, anteriormente RENFE ere la única empresa que atendía este servicio, la cual tiene un sistema de compensación en caso de retraso o cancelación. Sin embargo desde diciembre de dicho año el resto de empresas que prestan este servicio disponen de sus propias políticas en cuanto a este tipo de reclamaciones.
• Las quejas y reclamaciones pueden presentarse en la misma estación, solicitando el correspondiente formulario a la compañía ferroviaria, o bien vía telefónica o por internet.
• Si en el plazo de un mes no se recibe contestación, o esta no es satisfactoria, puede dirigirse a la OMIC, o acudir al ARBITRAJE DE TRANSPORTE.
Las compañías ferroviarias, que operan en Europa tiene sus propios sistemas de tramitación de reclamaciones. Transcurrido UN mes desde su interposición sin recibir respuesta o no ser satisfactoria, podrá recurrir al Centro Europeo del Consumidor.
A los viajeros de autocar, también les asisten una serie de derechos y obligaciones. La disposición del billete será la prueba de la contratación. En dicho documento debe constar (nombre de la empresa, origen y destino del viaje, fecha de realización, así como el precio del billete)
La adquisición de billetes en ventanilla debe habilitarse al menos con 30 minutos antes de la salida, no pudiendo ser cerrada antes de los últimos 10 minutos, pudiendo ser adquiridos los billetes de forma anticipada.
Respecto al equipaje tiene derechos al transporte gratuito hasta un máximo de 30 kg.
• Los viajeros deben presentar su queja o reclamación al transportista en los 3 meses siguientes al trayecto. En el mes siguiente a la recepción de la reclamación se deberá informar al viajero de su admisión, existiendo un plazo de 3 meses desde entonces para responder:
• En caso de no recibir respuesta o esta no ser satisfactoria puedes recurrir a la OMIC.
• ARBITRAJE DE TRANSPORTE.
Resuelven reclamaciones e intervienen en conflictos, de contenido económico, en relación con los siguientes transportes terrestres (carretera, ferrocarril y cable):
• Urbanos (autobús, taxi, tranvía, funicular, etc.).
• Interurbanos (autocar, taxi, ferrocarril, etc.).
• De mercancías (carga completa, fraccionada, etc.).
• Resuelven obligatoriamente todas las reclamaciones económicas que no excedan de 15.000 euros.
• Dictaminan e informan sobre las condiciones de cumplimiento de los contratos de transporte.
• Intervienen en el depósito, valoración y enajenación de mercancías
Realizan, asimismo, el depósito y enajenación de las mercancías transportadas cuando no sea posible realizar la entrega y corran riesgo de perderse.
El viajero puede ceder su reserva, de forma gratuita a otra persona, siempre que reúna las condiciones exigidas por la agencia. Esta cesión debe comunicarse por escrito y con una antelación de 7 días antes del inicio del viaje.
En caso de negación a embarque da derecho al viajero a:
• Asistencia
• Reembolso o trayecto alternativo
• Compensación inmediata entre 250 y 600€ dependiendo de la distancia del vuelo.
En caso de cancelación, tendremos derecho exactamente igual que en la denegación, más derecho a estar informados en todo momento de lo ocurrido y se tendrá derecho a compensación en las mismas condiciones salvo por causas inevitables o extraordinarias.
Si el retraso es igual o superior a 3 horas, la compensación es igual que en el caso de cancelación, salvo que sea por causa inevitable o extraordinaria.
Derechos de los Pasajeros
En el caso de cancelación, la compañía deberá proporcional un viaje alternativo o la devolución íntegra de lo abonado.
En caso de retraso, el viajero de tren tiene derecho a:
• Asistencia.
• Compensación: para retrasos entre 60 y 199 minutos un 25% en el precio del billete. Para retrasos de mas de 199 minutos la indemnización será del 50% del precio.
Derechos de los Pasajeros
En caso de cancelación, el transportista deberá ofrecer viaje alternativo o devolución del importe del billete.
En el caso de retraso u overbooking, si el retraso es superior a 90 minutos, para viajes de más de tres horas de duración y más de 250 km, además de asistencia, alojamiento máximo dos noches y un máximo de 80€ día.
Primeramente ha de notificarlo en la ventanilla de la compañía, antes de abandonar el aeropuerto dejando constancia en El PARTE DE IRREGULARIDADES DEL EQUIPAJE (PIR), posteriormente realizar la reclamación por escrito y solicitar la correspondientes indemnizaciones, teniendo en cuenta los plazos establecidos.
Equipajes AESA
Es una ayuda económica a los mayores de 65 años empadronados en algún territorio de Castilla la Mancha en los viajes que tengan origen y destino dentro de Castilla la Mancha.
Las solicitudes pueden presentarse de forma telemática o presencial ante cualquier Consejería de Bienestar Social.
Dirección Postal: Calle Río Guadalmena, 2.
45071 - Toledo
Teléfono: 925 269 069
Emitido en Castilla-La Mancha permite acreditarte como beneficiario de las ayudas para el transporte, para jóvenes entre 14 y 30 años convocadas por la Consejería de Fomento, y consistentes en la reducción del 50 % en el precio del billete en los viajes de los servicios regulares de transporte interurbano de viajeros por carretera, dentro del territorio de la comunidad autónoma de Castilla-la Mancha.
El Bono Turístico es una medida de apoyo a servicios turísticos de Castilla-La Mancha mediante una convocatoria de subvenciones por la que estas empresas pueden ofrecer descuentos en el precio a sus clientes, descuentos variables (de 10 € hasta 30 €) en función de lo que estipule cada empresa beneficiaria
• TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA.
• RENFE.
• TRANSPORTE COLECTIVO URBANO E INTERURBANO.
Del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2022.